La junta directiva de la Asociación Creativa no percibe retribuciones dinerarias alguna por el
cargo que ostenta.
- Servicios y Procedimientos:
Según el Artículo 10 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las
personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, en su
capítulo II:
Artículo 10. Entidades obligadas del sector privado. Estarán obligadas a disponer un Sistema
interno de información en los términos previstos en esta ley:
a) Las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados
cincuenta o más trabajadores.
b) Las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación
de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados
financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del
terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente a que se
refieren las partes I.B y II del anexo de la Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, deberán disponer de un Sistema
interno de información que se regulará por su normativa específica con
independencia del número de trabajadores con que cuenten. En estos casos, esta
ley será de aplicación en lo no regulado por su normativa específica.
Se considerarán incluidas en el párrafo anterior las personas jurídicas que, pese a
no tener su domicilio en territorio nacional, desarrollen en España actividades a
través de sucursales o agentes o mediante prestación de servicios sin
establecimiento permanente.
c) Los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las
fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos
públicos.
- Las personas jurídicas del sector privado que no estén vinculadas por la
obligación impuesta en el apartado 1 podrán establecer su propio Sistema interno
de información, que deberá cumplir, en todo caso, los requisitos previstos en esta
ley.
La Asociación Creativa al no contar con 50 o más trabajadores, no tiene obligación
de poseer un Sistema interno de información.