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PROYECTO “ECONOMÍA SUMERGIDA 2025”

El Proyecto “Economía Sumergida 2025” es una iniciativa orientada a la prevención, detección y reducción de prácticas de economía irregular, fomentando el cumplimiento de la normativa laboral, fiscal y de Seguridad Social, y promoviendo la competencia leal entre operadores económicos.

Esta actuación se desarrolla en el marco de las Bases Reguladoras de Vigencia Indefinida que rigen la convocatoria, garantizando su sujeción a la normativa general en materia de subvenciones públicas, así como a los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y transparencia.

1. Finalidad y objetivos del proyecto

El proyecto tiene como finalidad principal contribuir a la reducción de la economía sumergida mediante actuaciones estructuradas de información, asesoramiento y sensibilización.

Objetivos específicos

• Fomentar la regularización de actividades económicas no declaradas.

• Informar a empresas y trabajadores sobre sus obligaciones legales.

• Promover el cumplimiento normativo en materia laboral y tributaria.

• Reducir situaciones de competencia desleal derivadas de prácticas irregulares.

• Impulsar una cultura de legalidad y responsabilidad empresarial.

2. Marco jurídico y normativo

El proyecto se desarrolla conforme a las Bases Reguladoras de Vigencia Indefinida, la normativa general en materia de subvenciones públicas, la legislación administrativa y presupuestaria vigente y la normativa específica aplicable en materia laboral, fiscal y de Seguridad Social.

3. Actuaciones desarrolladas

El proyecto contempla la ejecución de campañas informativas, jornadas formativas, asesoramiento técnico especializado, elaboración de materiales divulgativos y análisis sectoriales vinculados a la economía irregular.

4. Entidades beneficiarias y requisitos

Las entidades beneficiarias deben estar legalmente constituidas, hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no estar incursas en prohibiciones para obtener subvenciones y cumplir los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras.

5. Procedimiento de concesión

La concesión se realiza mediante convocatoria pública y, con carácter general, en régimen de concurrencia competitiva, conforme a criterios objetivos previamente establecidos.

6. Financiación del proyecto

La financiación procede de los créditos consignados en el presupuesto correspondiente. La cuantía concedida se determina conforme a los límites establecidos en la convocatoria y en las bases reguladoras.

7. Ejecución del proyecto

La entidad beneficiaria debe ejecutar las actuaciones conforme a la memoria técnica aprobada, respetando los plazos, condiciones y objetivos establecidos.

8. Justificación económica y técnica

La justificación incluye memoria técnica detallada, memoria económica con relación clasificada de gastos, facturas y documentos acreditativos válidos en derecho, así como cualquier otra documentación exigida en la convocatoria.

9. Control financiero y régimen de reintegro

El proyecto podrá ser objeto de comprobación administrativa y control financiero. El incumplimiento total o parcial de las condiciones establecidas podrá dar lugar al reintegro de las cantidades percibidas y a la exigencia de los intereses correspondientes.

10. Obligaciones de publicidad

La entidad beneficiaria debe dar adecuada publicidad al carácter público de la financiación recibida, incluyendo la referencia a la convocatoria en materiales, comunicaciones y actuaciones vinculadas al proyecto.

11. Cumplimiento de la normativa de transparencia y publicidad activa

En cumplimiento de la normativa vigente en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se garantiza la publicación y actualización de la información relevante relativa al proyecto.

En particular, se hace pública la siguiente información:

• Objeto y finalidad del proyecto.

• Marco normativo aplicable.

• Procedimiento de concesión.

• Identificación de la entidad beneficiaria.

• Importe concedido y, en su caso, porcentaje de financiación pública.

• Periodo de ejecución.

• Obligaciones asumidas por la entidad beneficiaria.

• Sistema de justificación, control y posibles reintegros.

Asimismo, la documentación justificativa será conservada durante el plazo legalmente establecido y podrá ser puesta a disposición de los órganos de control competentes.

Se garantiza el derecho de acceso a la información pública en los términos previstos en la legislación vigente.

12. Vigencia

Las Bases Reguladoras tienen carácter indefinido, permaneciendo vigentes hasta su modificación o derogación expresa. Las convocatorias específicas quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente.