PROYECTO “ECONOMÍA SUMERGIDA 2025”
El Proyecto “Economía Sumergida 2025” es una iniciativa orientada a la prevención, detección y reducción de prácticas de economía irregular, fomentando el cumplimiento de la normativa laboral, fiscal y de Seguridad Social, y promoviendo la competencia leal entre operadores económicos.
Esta actuación se desarrolla en el marco de las Bases Reguladoras de Vigencia Indefinida que rigen la convocatoria, garantizando su sujeción a la normativa general en materia de subvenciones públicas, así como a los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y transparencia.
1. Finalidad y objetivos del proyecto
El proyecto tiene como finalidad principal contribuir a la reducción de la economía sumergida mediante actuaciones estructuradas de información, asesoramiento y sensibilización.
Objetivos específicos
• Fomentar la regularización de actividades económicas no declaradas.
• Informar a empresas y trabajadores sobre sus obligaciones legales.
• Promover el cumplimiento normativo en materia laboral y tributaria.
• Reducir situaciones de competencia desleal derivadas de prácticas irregulares.
• Impulsar una cultura de legalidad y responsabilidad empresarial.
2. Marco jurídico y normativo
El proyecto se desarrolla conforme a las Bases Reguladoras de Vigencia Indefinida, la normativa general en materia de subvenciones públicas, la legislación administrativa y presupuestaria vigente y la normativa específica aplicable en materia laboral, fiscal y de Seguridad Social.
3. Actuaciones desarrolladas
El proyecto contempla la ejecución de campañas informativas, jornadas formativas, asesoramiento técnico especializado, elaboración de materiales divulgativos y análisis sectoriales vinculados a la economía irregular.
4. Entidades beneficiarias y requisitos
Las entidades beneficiarias deben estar legalmente constituidas, hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no estar incursas en prohibiciones para obtener subvenciones y cumplir los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras.
5. Procedimiento de concesión
La concesión se realiza mediante convocatoria pública y, con carácter general, en régimen de concurrencia competitiva, conforme a criterios objetivos previamente establecidos.
6. Financiación del proyecto
La financiación procede de los créditos consignados en el presupuesto correspondiente. La cuantía concedida se determina conforme a los límites establecidos en la convocatoria y en las bases reguladoras.
7. Ejecución del proyecto
La entidad beneficiaria debe ejecutar las actuaciones conforme a la memoria técnica aprobada, respetando los plazos, condiciones y objetivos establecidos.
8. Justificación económica y técnica
La justificación incluye memoria técnica detallada, memoria económica con relación clasificada de gastos, facturas y documentos acreditativos válidos en derecho, así como cualquier otra documentación exigida en la convocatoria.
9. Control financiero y régimen de reintegro
El proyecto podrá ser objeto de comprobación administrativa y control financiero. El incumplimiento total o parcial de las condiciones establecidas podrá dar lugar al reintegro de las cantidades percibidas y a la exigencia de los intereses correspondientes.
10. Obligaciones de publicidad
La entidad beneficiaria debe dar adecuada publicidad al carácter público de la financiación recibida, incluyendo la referencia a la convocatoria en materiales, comunicaciones y actuaciones vinculadas al proyecto.
11. Cumplimiento de la normativa de transparencia y publicidad activa
En cumplimiento de la normativa vigente en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se garantiza la publicación y actualización de la información relevante relativa al proyecto.
En particular, se hace pública la siguiente información:
• Objeto y finalidad del proyecto.
• Marco normativo aplicable.
• Procedimiento de concesión.
• Identificación de la entidad beneficiaria.
• Importe concedido y, en su caso, porcentaje de financiación pública.
• Periodo de ejecución.
• Obligaciones asumidas por la entidad beneficiaria.
• Sistema de justificación, control y posibles reintegros.
Asimismo, la documentación justificativa será conservada durante el plazo legalmente establecido y podrá ser puesta a disposición de los órganos de control competentes.
Se garantiza el derecho de acceso a la información pública en los términos previstos en la legislación vigente.
12. Vigencia
Las Bases Reguladoras tienen carácter indefinido, permaneciendo vigentes hasta su modificación o derogación expresa. Las convocatorias específicas quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente.



